Verón-Punta Cana.- ¡Atención comunidad de Verón-Punta Cana! La bulla ya no será un problema para el descanso diurno o nocturno, pues el Ministerio Público de esta localidad, representado por el fiscal Denis Guerrero, advierte atenderán las denuncias y sancionarán a las personas que sobrepasen los decibeles de ruido. Y hasta prisión preventiva pueden cumplir los reincidentes de dicha acción. (Para tales denuncias, comunicarse al 809-674-6285)
El magistrado entregará este viernes en diferentes colmados, bares y a personas de las comunidades la tabla de niveles de emisiones de ruidos máximos permisibles con la finalidad de orientar y advertir a los ciudadanos sobre la Ley 64-00 de Medio Ambiente.
”Es bueno que la gente mantenga clara la tabla de decibeles y así cuando nosotros pasemos con los operativos no sean sancionados”, sentenció Guerrero, y detalló que ”las sanciones que se aplicarán son las que establece la Ley 64-00 y la Ley 287-04 que habla hasta de prisión preventiva para los reincidentes”.
Sobre la penalidad, el fiscal aseveró que las multas oscilan entre los RD$15,000 y RD$45,000, dependiendo de la cantidad de bocinas incautadas. Y para ello no aplica horario. ”No se trata de toque de queda, ni de un decreto, se trata de una Ley que está ahí y hay que hacerla cumplir”, agregó.
En cuanto al procedimiento, bien sea atendiendo una denuncia o en operativo, las personas que sean sorprendidas con altos niveles de ruido serán sometidas a la acción de la justicia, se ocupará la bocina y recibirán la respectiva sanción y, al pago de su multa, se le devolverá. Sin embargo, aquellos que sean reincidentes en violar la ley mencionada anteriormente, ”no solamente le vamos a retener la bocina, sino que lo vamos a someter al Tribunal para que sea el que le ponga una fianza o prisión preventiva por uno, dos o tres meses. Es un tema que la gente tiene que tener claro, que corre riesgo de ir a la cárcel por tres meses”, apuntó el fiscal.
Especificó, además, que esta iniciativa se debe a la gran contaminación sónica a la que está sometida el pueblo de Verón-Punta Cana y dijo que a diario recibe denuncias de la misma.
Apagan la música un viernes por la noche en Verón-Punta Cana por contaminación sonora
El pasado fin de semana se realizó un primer operativo, y este otro llevarán a cabo un segundo procedimiento bajo la coordinación de la fiscal titular de la provincia La Altagracia, Mercedes Santana y la compañía de agentes de la Fuerza de Tarea Ciudad Tranquila (CIUTRAN) para controlar el ruido en la zona turística y evitar la contaminación sónica.
”Lo controlaremos de la forma que ya iniciamos, haciendo los operativos y poniéndoles el castigo que les corresponde… Es bueno repetir y hacer hincapié en que se aprendan la tabla de posiciones de los decibeles que debe estar el ruido.”, sentenció Denis Guerrero.
También refirió que las medidas contra el ruido pueden ser aplicadas para motocicletas y vehículos, y también ”en las casa que el vecino agarra y pone a un tal dj que le dice a la gente que si le molesta la bulla que se mude”.
Para finalizar, el licenciado Guerrero hizo hincapié que en el primer operativo se enviaron a la Procuraduría de Medio Ambiente la bocina y a los detenidos ”pero una próxima vez lo vamos a enviar al Tribunal y le vamos a pedir que ponga una prisión preventiva, y además le vamos a retener el equipo”.
TABLA DE NIVELES DE EMISIONES DE RUIDOS MÁXIMOS PERMISIBLES EN DECIBELES
¿Cuáles son las penas de violación a Ley No.287-04 sobre Prevención, Supresión y Limitación de Ruidos Nocivos y Molestos que Producen Contaminación Sonora?
1) Colmados, tiendas de licores, bares, clubes diurnos y nocturnos, cafeterías, y otros
lugares abiertos que tengan actividad comercial que impliquen la producción de
ruidos, con la pena de tres a veinte salarios mínimos de los establecidos por ley.
2) Sitios públicos concebidos para la recreación y el esparcimiento de las familias,
con una pena de tres a veinte salarios mínimos de los establecidos por ley.
3) Vehículos de motor en la vía pública, mediante el uso de bocinas o equipos de
música alterados (fuera de lo que trae el vehículo de fábrica), o falta de
silenciadores en el escape, con pena de cinco a treinta salarios mínimos
establecidos por ley.
4) En zonas de tranquilidad establecidas en las normas ambientales dictadas por el
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, tales como: calles, avenidas
públicas, áreas residenciales, complejos habitacionales, condominios y en las
proximidades de hospitales, colegios, escuelas públicas y privadas e iglesias, con
penas de diez a treinta salarios mínimos de los establecidos por ley.
5) En casas o viviendas habitadas que tengan ruidos nocivos de cualquier tipo, cuyos
sonidos se prolonguen por más de quince minutos, se le hará una advertencia o
llamado de atención a los fines de que reduzcan o eliminen la producción de
ruidos molestos. Y en caso de persistir el ruido después del primer llamado, que se
le impongan penas de dos a diez salarios mínimos de los establecidos por ley.
6) En todos los demás casos no indicados expresamente en este artículo, se impondrá
la pena de multa de entre dos a treinta salarios mínimos conforme a la gravedad
del hecho.