La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) emitió ayer una norma en la cual da un plazo de tres, seis y 15 meses a industrias locales y extranjeras que fabrican e importan bebidas alcohólicas, con la finalidad de reglamentar el control de los ilícitos en el sector.
La norma también abarca al tabaco. Para los productores y fabricantes el plazo para tener un Mecanismo de Seguridad Fiscal es de seis meses y para los importadores 15 meses.
La norma general 07-2021, emitida ayer por la DGII, tiene aplicación inmediata y establece la marcación fiscal directa e indiarecta como mecanismo de control fiscal autorizado para los productos terminados del alcohol y del tabaco.
Indica que la marcación fiscal consiste en un sello o seguridad impreso con dos códigos, uno alfanumérico y otro de barra bidimensional, irrepetibles, que será provista por la DGII a los contribuyentes, mediante un proveedor previamente autorizado.
Fuente: Listín Diario