Homicidio y porte ilegal de arma de fuego son las acusaciones que hace el Ministerio Público contra el extitular de la Dirección Nacional de Control de Drogas, Felix Alburquerque Comprés por la muerte del comunicador Manuel Taveras Duncan.
En tal sentido, por el homicidio de Taveras Duncan, Alburquerque Comprés se enfrenta a una eventual condena máxima no mayor a 20 años de cárcel.
De acuerdo al expediente que sustenta el pedido de medida de coerción, el Ministerio Pública acusa al exdirector de la DNCD de violar los artículos 295 y 304 de Código Penal, referente al homicidio y de violar los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, sobre porte y tenencia ilegal de arma de fuego.
El Artículo 295 del Código Penal establece que: “El que voluntariamente mata a otro, se hace reo de homicidio”.
La condena de reclusión se pronunciará por tres años a los menos y 20 años a lo más.
En lo referente alas violaciones a la Ley 631-16, establece que:
Artículo 66.- “Delito de tenencia ilegal de armas, municiones, explosivos y sus accesorios. Cualquier persona que sea poseedora o tenedora de un arma de fuego de uso civil, municiones, explosivos y sus accesorios y otros materiales relacionados, sin tener la respectiva licencia, comete el delito de posesión ilegal de armas de fuego, municiones, explosivos y sus accesorios y los demás materiales relacionados, el que será sancionado con una pena principal de tres (3) a cinco (5) años de privación de libertad cuando se trate de armas de fuego de uso civil y de seis (6) meses a dos (2) años en los demás casos, así como el decomiso del arma y demás artefactos y al pago de una multa equivalente de veinticinco (25) a cincuenta (50) salarios mínimos del sector público”.
Mientras que el Artículo 67.- “Delito de portación y uso ilegal de armas de fuego de uso civil o partes de estas. En los casos de las personas físicas que sin tener la licencia respectiva, transporten consigo cualquier arma de fuego de uso civil o partes de ésta, municiones, explosivos y sus accesorios y los demás materiales relacionados, o porte cualquier arma de fuego de uso civil sin licencia, incurren en la comisión del delito de portación y uso ilegal de armas de fuego de uso civil o partes de éstas, municiones, explosivos y sus accesorios y los demás materiales relacionados, o porte cualquier arma de fuego, serán sancionadas con una pena principal de tres (3) a cinco (5) años de privación de libertad cuando se trate de armas de fuego de uso civil y de seis (6) meses a dos (2) años en los demás casos, así como el decomiso del arma o demás objetos incautados y el pago de una multa equivalente de veinticinco (25) a cincuenta (50) salarios mínimos del sector público”.
Las autoridades pedirán un año de prisión preventiva, como medida de coerción contra Alburquerque Comprés, conforme sustenta el Ministerio Público en su pedido de conocimiento de medida de coerción depositado por ante la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional.
Fuente: N Digital