¿Qué es la indexación y cómo la falta de aplicación afecta a los ciudadanos?

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SANTO DOMINGO.- Los dominicanos no tienen conocimiento de que los últimos dos Gobiernos han obtenido de sus salarios más impuestos de lo que manda el Código Tributario.

Tiene su origen en el parche fiscal aplicado en el año 2012 a partir de entonces “hoyo fiscal”, dejado por la administración de Leonel Fernández y que tuvo una dimensión de aproximadamente 183 mil millones de pesos, un 6.8% del PIB a la sazón.

El flamante Gobierno de Danilo Medina justificó ante la opinión pública, que para cerrar semejante agujero era preciso un parche fiscal de similares dimensiones.

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Como solución, el 9 de noviembre de 2012, el Congreso Nacional promulgó la Ley No. 253-12, para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, mediante la cual se crearon nuevos impuestos, se aumentaron varias tasas impositivas y se amplió la base imponible de algunas figuras tributarias.

El artículo 3 de esa ley modificó el artículo 296 del Código Tributario, que ordena que los salarios hasta 33,326.91 pesos mensuales estuvieran exentos de impuestos. A partir del monto antes citado los salarios mensuales de 49,990.00 se les tenía que descontar un 15%. A quienes ganaban entre 50 mil pesos y 69,430.91 le descontaban un 20%, y a los que exceden los 69,430.91 pesos el 25%.

Ese artículo tiene dos párrafos adicionales, el que manda que esos impuestos se revisen anualmente para que se actualicen de acuerdo con la inflación acumulada del año concluido según las cifras del Banco Central. Ese ejercicio de revisión es lo que los técnicos llaman “indexación”.

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El segundo párrafo del artículo contenía un “transitorio”, que ordena que el párrafo anterior no se aplicaría en los años 2013, 2014 y 2015.

El Gobierno de Danilo Medina se protegió durante tres años de tener que hacer la llamada indexación y así cobrar los mismos impuestos independientemente del impacto de la inflación sobre el salario de la ciudadanía.

¿Qué pasó para el año 2016?

A partir del año en el que concluyó el transitorio, fue el único año en el que se aplicó la indexación como es debido. Se hicieron los ajustes por inflación llevando a que los salarios menores de 34,685.01 no paguen impuestos, y en lo adelante este ajuste aplica de la siguiente forma: 15 % para los que tienen salarios mensuales desde 34,685.01; desde 52,072.01 pagan 20 % hasta 72,260.01; de ahí en adelante quienes pasan de ese monto pagan 25 %.

Coincidencialmente, el año 2016, de acuerdo con el Banco Central de la República Dominicana (BCRD) la inflación fue de 1.70%, siendo la segunda más baja en los últimos 33 años.

Desde el 2017 en adelante la indexación ha sido letra muerta. Los Gobiernos de turno se las han arreglado para que en la Ley General de Presupuesto de cada año se incluya un párrafo con los mismos valores, a pesar de que la inflación subyacente acumulada desde diciembre de 2017 hasta 2023 fue aproximadamente de 33.42%.

¿Cómo afecta la ausencia de indexación al asalariado?

Si se hubiese aplicado la indexación como ordena la ley, los salarios menores de 45 mil pesos no deberían estar pagando Impuesto Sobre la Renta, sino a partir de los 45 mil pesos mensuales.

Los que ganan alrededor de 52 mil pesos no debería descontarles el 20%, sino el 15%. Ese 20% debería aplicarse a los tienen ingresos sobre los 70,905 pesos y que solo aquellos que ganan más de 95 mil pesos mensuales deberían estar el 25% de sus salarios en impuestos.

Como se ha visto, para el sector de la población asalariada que cobra menos de 45 mil pesos mensuales, la indexación les afectaría incrementándose el salario real en un 15%. Mientras que otros grupos verían sus salarios incrementarse en aproximadamente un 5%.

El proyecto de Faride Raful

La senadora por el Distrito Nacional Faride Raful ha presentado un proyecto de ley que busca la aplicación de la indexación a partir del año 2025. La propuesta de Raful consiste en que los que tienen ingresos entre 558,232 pesos a 837,347 pesos anuales pagarán un 15 %; los que están entre los 837,347.01 pesos hasta alcanzar los 1,162,982 pesos anuales (entre 69,778.91 pesos hasta los 96,915.16 pesos mensuales), se les aplicaría un 20 % y quienes y las personas físicas asalariadas mayores a 1,162,982.01 al año (96,915.17 pesos mensuales), pagarían un 25 %.

En sus planteamientos Raful reconoce que la inflación acumulada desde la última aplicación de la indexación es de aproximadamente un 33% y que el hecho de aplicar la ley como manda, incrementa la capacidad de la población trabajadora para consumir bienes y servicios.

Fuente: Noticias SIN

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