Santo Domingo.- Luego de verificar a fondo con varios jueces diversas sentencias que se le habían dado a favor al Grupo Punta Cana y su presidente Frank Rainieri en Tribunales del Este, la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia emitió una falla de decisión de casa, acogiendo el recurso de casación interpuesto por Josué Cabral y Reyna Cedeño contra la sentencia número 20210023 de fecha 28 de enero del 2021, dictada por el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Este, y lo envió por ante el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Central.
Es decir, la Suprema Corte de Justicia verificó los antecedentes y, en consiguiente, en el párrafo 7 de la página 5 de Medios de Casación se determinó que ”la parte recurrente invoca en sustento de su recurso de casación los siguientes medios: ‘Primer medio: Errónea aplicación de la Ley, violación del artículo 80 de la Ley 108-05 del Artículo 65 del Reglamento de los Tribunales de Tierra y de Jurisdicción Original de la Jurisdicción Inmobiliaria, violación del artículo 37 del Código de Procedimiento Civil. Segundo medio: Errónea aplicación de la Ley. Violación al debido proceso de la ley: Art. 69 de la Constitución Dominicana”.
El recurso de casación ”fue interpuesto en fecha 15 de marzo de 2021 en la secretaría general de la Suprema Corte de Justicia, suscrito por los Lcdos. Miguel Alberto Surún Hernández, Pedro Rijo Pache, Yeimi Yaniris Hernández, Gregorio Antonio Ávila Severino y el Dr. Ángel Martínez Santiago”, indica el página 2 de la sentencia, en su párrafo número 1 de Trámites de Recurso.
Aquí la sentencia: