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Aplazan audiencia contra Jefte Ventura por presunta difamación agravada; Ministerio Público incorpora nuevas prueba

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La Altagracia, República Dominicana.- El Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Altagracia aplazó la audiencia para el conocimiento de medida de coerción contra Jefte Rafael Ventura Jiménez, imputado por presunta difamación e injuria agravada, luego de que el Ministerio Público depositara nuevas evidencias dentro del proceso.

La acción judicial fue interpuesta por la empresa PETROMÓVIL, S.R.L. y el empresario y abogado Crisyael Montilla Martínez, quienes alegan que expresiones atribuidas al imputado afectaron su honra, reputación comercial y buen nombre.

Nuevas pruebas y estrategia procesal

El fiscal investigador, Víctor Camacho, informó que fueron incorporados elementos probatorios adicionales que, según el órgano acusador, fortalecen la solicitud de medida de coerción.

En el sistema penal dominicano, la medida de coerción no implica una condena, sino una decisión provisional para garantizar que el imputado comparezca al proceso y no obstaculice la investigación. Dependiendo de la gravedad del caso y del riesgo procesal, puede variar desde presentación periódica e impedimento de salida hasta prisión preventiva.

El aplazamiento fue solicitado por la defensa técnica de Ventura Jiménez, con el objetivo de examinar el nuevo material probatorio incorporado al expediente. La audiencia fue reprogramada para el lunes 9 de marzo de 2026.

Marco legal: libertad de expresión vs. protección del honor

Las acusaciones se fundamentan en presuntas violaciones a:

  • Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, que regula conductas ilícitas cometidas mediante medios digitales y redes informáticas.

  • Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, normativa histórica que tipifica delitos como la difamación e injuria.

  • Disposiciones del Código Penal dominicano relativas a ataques al honor y reputación.

El caso abre nuevamente el debate jurídico sobre el delicado equilibrio entre la libertad de expresión y el derecho al honor y la reputación, especialmente cuando los hechos presuntamente ocurrieron a través de plataformas digitales.

En el contexto actual, donde las redes sociales amplifican mensajes en segundos y pueden impactar reputaciones empresariales, los tribunales dominicanos han venido aplicando con mayor rigor la legislación relacionada con delitos tecnológicos.

¿Qué podría pasar ahora?

En la próxima audiencia, el tribunal evaluará si existen los presupuestos legales para imponer una medida de coerción. Para ello deberá valorar:

  • La existencia de indicios suficientes.

  • El riesgo de fuga.

  • La posibilidad de obstaculización del proceso.

  • La proporcionalidad de la medida solicitada.

De imponerse una medida restrictiva, esta sería provisional hasta que avance la fase de instrucción y se determine si el caso pasa a juicio de fondo.

Un caso con implicaciones empresariales

La participación de una empresa comercial y de un abogado como parte querellante añade una dimensión relevante al proceso, pues los alegatos apuntan a daños reputacionales con posibles implicaciones económicas.

En un entorno donde la comunicación digital influye directamente en la percepción pública y comercial, los tribunales dominicanos están llamados a definir límites claros entre la crítica legítima y la difamación penalmente sancionable.

Bávaro Digital dará seguimiento a la audiencia del 9 de marzo y a la evolución de este proceso judicial que podría sentar precedentes en materia de delitos de expresión en entornos digitales.

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