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Plan de Ordenamiento Territorial prohibiría utilizar las aceras como estacionamientos en Verón–Punta Cana

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VERÓN–PUNTA CANA.– La propuesta de ordenanza del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) busca reforzar la prohibición de utilizar las aceras como estacionamientos, espacios de carga y descarga o áreas de maniobra vehicular.

El artículo 109 establece que no se permitirá ocupar las aceras con vehículos, casetas u otros obstáculos que impidan la circulación segura de los peatones.

La normativa precisa que determinadas estructuras solamente podrán instalarse cuando hayan sido contempladas en el diseño del espacio y cuenten con el correspondiente permiso de la autoridad municipal.

También dispone que las casetas de control deberán permanecer dentro de los inmuebles, evitando su instalación sobre las aceras o cualquier otra área destinada al tránsito peatonal.

Asimismo, las aceras no podrán utilizarse para cargar o descargar mercancías, una práctica que obliga frecuentemente a las personas a caminar por la calle y exponerse al tránsito vehicular.

El artículo 116 refuerza esta disposición al prohibir expresamente utilizar las aceras como estacionamientos e inclinar su superficie para convertirlas en rampas de acceso vehicular.

Los portones de viviendas, comercios y proyectos también deberán diseñarse sin obstaculizar el espacio destinado a los peatones.

La propuesta establece que las aceras deberán contar con un ancho total mínimo de 2.80 metros, incluyendo por lo menos 1.50 metros pavimentados y libres para caminar, además de un mínimo de 80 centímetros de área verde.

Las superficies deberán ser firmes, antideslizantes y sin irregularidades, mientras que el mobiliario urbano —como bancos, basureros, jardineras y parquímetros— deberá colocarse sin reducir el espacio efectivo de circulación.

La ordenanza también procura garantizar la accesibilidad universal, especialmente para personas con discapacidad visual, movilidad reducida o que utilicen sillas de ruedas.

Aunque el POT reforzaría su aplicación en la demarcación, estacionarse sobre una acera ya está prohibido en toda la República Dominicana. El artículo 237 de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial incluye las aceras entre los lugares donde ningún conductor puede estacionar o detener un vehículo.

Con la aprobación de la ordenanza, la Junta Distrital tendría mayores herramientas para inspeccionar, retirar o reubicar estructuras irregulares, exigir la restauración del espacio público y aplicar las sanciones establecidas por la legislación vigente.

Sin embargo, el documento continúa siendo una propuesta de ordenanza. Sus disposiciones entrarían plenamente en vigor cuando concluya el proceso correspondiente y sea aprobada definitivamente por las autoridades competentes.

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Written by
Dayli albuez

Directora de Bávaro Digital, reportera estrella en Punta Cana y CEO de la empresa Dayli Albuez Media Group.

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